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ABRIL
28
DOMINGO
Caza con jauría, temporada 2016

El Ministerio de la Producción dio a conocer los datos y requisitos para la caza con jauría temporada 2016.
En principio informan que el período de caza se extiende desde el 1 de febrero al 31 de agosto, permitiendo 2 jabalíes por día por cazador. Mientras que el período de veda va desde el 1 al 31 de enero, y desde el 1 de setiembre al 31 de diciembre.



// Para cazar con jauría se requerirá

Permiso de caza. Autorización de dueño de campo especial para esta modalidad completa, sellada y firmada por la institución otorgante del permiso de caza. Tarjeta de identificación de la jauría para el año correspondiente. Libreta Sanitaria de cada can, aprobada por el Colegio Médico Veterinario de La Pampa, completa con los datos del can incluida la foto del mismo y los datos del tenedor responsable.

En aquellos casos en que el cazador permanezca más de un día en el campo y haya superado el cupo de piezas de caza diario, también deberá contar con la certificación de excursión de caza. Dicha certificación podrá obtenerse en los Clubes de Caza habilitados o en la Dirección de Recursos Naturales, se completará con los datos requeridos y deberá estar sellada y firmada por la policía provincial.

//Jauría compartida

La jauría podrá estar a nombre de un titular tenedor responsable pudiendo este, autorizar un responsable más, debiendo consignarse mediante nota los datos personales del tenedor responsable y del responsable autorizado, firmada por ambos y certificadas las firmas por autoridad competente. En caso de infracciones ambos serán solidariamente responsables.


// Préstamo de canes

El tenedor responsable de la jauría podrá prestar parte de los canes de su jauría a otra persona que posea tarjeta de jauría vigente como así también los permisos correspondientes. En caso de infracción serán responsables todos los titulares de las jaurías involucradas.


// Del tránsito

El tránsito con jauría tanto en temporada de caza como de veda, deberá realizarse en las condiciones establecidas a continuación: Hasta 8 canes por vehículo. En vehículos con caja cerrada en laterales y techo, o bien en jaulas. Los canes no podrán salir de los rodados sin ayuda externa. No podrán trasladarse en baúles y/o habitáculos de vehículos. Los canes no podrán permanecer en los caminos públicos. Los canes se trasladarán atados individualmente.

Se autoriza el ejercicio de los canes en época de veda. La jauría se trasladará con la documentación que se detalla a continuación: Tarjeta de la jauría del año correspondiente. Libreta sanitaria de cada uno de los canes. Autorización de dueño de campo especial preimpresa vigente.

La tarjeta de identificación de jauría es válida únicamente acompañada por la Libreta Sanitaria de cada can con vacunación vigente.


hasta MIE 31 Agosto 201 | ( )
., La Pampa | |


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